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Una mesa de negociación con un asiento central para mediación

Los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC)

1. INTRODUCCIÓN A LOS MASC 

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce cambios significativos en el ámbito procesal civil y mercantil de España. Una de las modificaciones más destacadas es la obligatoriedad de acudir a los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) antes de iniciar un procedimiento judicial. Esta medida, que entrará en vigor el 3 de abril de 2025, tiene como objetivo reducir la litigiosidad y promover soluciones consensuadas entre las partes. 

La principal finalidad de esta ley es fomentar la “cultura del acuerdo” y disminuir la carga de trabajo de los tribunales. Se busca que las partes involucradas en un conflicto intenten resolver sus diferencias mediante métodos alternativos antes de recurrir al sistema judicial. 

 

2. CLASIFICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS MASC

Los MASC definidos por la ley incluyen: 

• Mediación y conciliación: Procesos en los que un tercero neutral facilita la comunicación entre las partes para alcanzar un acuerdo. 

• Opinión neutral de un experto independiente: Un profesional emite una valoración sobre el conflicto, orientando a las partes hacia una solución. 

• Oferta vinculante confidencial: Una de las partes presenta una propuesta de resolución que, de ser aceptada, obliga a ambas partes.

• Negociación directa entre las partes o sus abogados: Las partes o sus representantes legales negocian sin la intervención de terceros.

• Procesos de Derecho colaborativo: Método en el que las partes y sus abogados trabajan conjuntamente para resolver el conflicto sin acudir a los tribunales.

Estos métodos pueden agruparse en dos categorías:

1. Intervención de un tercero neutral: Incluye mediación, conciliación, opinión de experto y Derecho colaborativo. 

2. Intervención exclusiva de las partes o sus abogados: Comprende la oferta vinculante confidencial y la negociación directa. 

 

3. IMPACTO Y DESAFÍOS EN LA PRÁCTICA 

La obligatoriedad de los MASC representa una oportunidad para las empresas familiares de resolver conflictos de manera más armoniosa y menos disruptiva. Sin embargo, la implementación efectiva de estos métodos requiere preparación y adaptación. Es esencial que las empresas familiares establezcan protocolos que incluyan la mediación como paso previo antes de recurrir a procedimientos judiciales. Esto implica formar a los miembros de la empresa en técnicas de resolución de conflictos y considerar la contratación de mediadores profesionales.  

Si bien los MASC ofrecen ventajas claras, también presentan una serie de retos y problemas que podrían complicar su implementación, especialmente en el ámbito empresarial. 

(i) Falta de voluntad de las partes para llegar a un acuerdo

Uno de los principales problemas que los MASC pueden enfrentar es la falta de disposición de las partes involucradas para llegar a un acuerdo. Aunque la ley exige que se intente una solución extrajudicial antes de iniciar un procedimiento judicial, no todas las personas o empresas están dispuestas a ceder o comprometerse. En tales casos, los participantes pueden ver el proceso de mediación como un obstáculo más que como una oportunidad para resolver el conflicto.

(ii) Recursos necesarios

Aunque los MASC están diseñados para ser más económicos y rápidos que los procesos judiciales tradicionales, en la práctica, pueden implicar costes significativos. Contratar a mediadores profesionales, especialmente aquellos con experiencia en conflictos empresariales, puede resultar costoso, y muchas empresas pueden no estar preparadas para afrontar estos gastos adicionales.

(iii) Confidencialidad y seguridad de la información

La confidencialidad es uno de los pilares de los MASC, lo que permite a las partes involucradas exponer sus puntos de vista y preocupaciones sin temor a que sus declaraciones sean utilizadas en procedimientos judiciales futuros. Sin embargo, la confianza en que esta confidencialidad será respetada no siempre es absoluta.

Esto puede crear desconfianza en el proceso y limitar la disposición de las partes a participar plenamente en la mediación. 

(iv) Desigualdad de poder entre las partes

En algunos conflictos, especialmente aquellos que involucran a empresas de diferentes tamaños o recursos, puede existir una disparidad significativa de poder entre las partes. Este tipo de desequilibrio puede hacer que el MASC no sea una solución justa, sino una forma de perpetuar desigualdades preexistentes. 

(v) Falta de normativas claras y estándares en la mediación

Aunque los MASC están bien definidos en términos generales, la falta de normativas claras o estándares universales en la práctica de la mediación puede llevar a situaciones de incertidumbre. En España, la mediación es un proceso voluntario, y su aplicación puede variar significativamente dependiendo del tipo de conflicto, la región o incluso el mediador elegido. Esta falta de estandarización puede dificultar la adaptación de las empresas al nuevo sistema.

(vi) Resistencia cultural a los MASC

En algunas culturas empresariales, especialmente en países con sistemas judiciales bien establecidos y un fuerte enfoque en la resolución de conflictos a través de litigios, los MASC pueden ser percibidos como un signo de debilidad o una pérdida de control. Esta resistencia cultural a métodos alternativos de resolución de conflictos puede hacer que tanto los empresarios como sus asesores prefieran seguir la vía judicial, incluso cuando los MASC podrían ofrecer una solución más rápida y menos costosa.

 

Conclusión

Si bien los MASC son una herramienta valiosa para la resolución de conflictos en el ámbito empresarial, especialmente en lo que respecta a las empresas familiares, su implementación no está exenta de problemas. Por lo tanto, es fundamental que las empresas estén preparadas para abordar estos problemas mediante una correcta capacitación, la selección de mediadores adecuados, y la adaptación de su cultura empresarial hacia métodos más colaborativos de resolución de conflictos. Solo así podrán aprovechar al máximo los beneficios que los MASC tienen para ofrecer.

 

Ramón OzoresOn Tax & Legal

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