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Personas pasean en Lisboa, Portugal, ante una puesta de Sol

NHR 2.0 en Portugal

Portugal estrena el IFICI, un régimen fiscal especial centrado en atraer talento cualificado para impulsar la innovación y la investigación científica en el país. 

Las personas que se conviertan en residentes en Portugal y no hayan residido allí en los cinco años anteriores, podrán beneficiarse de este incentivo durante un período de 10 años consecutivos.

Este incentivo sucede al llamado régimen de “residentes no habituales” (RNH) que estaba vigente hasta finales de 2023, con aplicación transitoria todavía en 2024 en algunos casos. 

La aplicación del IFICI es más limitada que el régimen anterior de NHR, restringida a las personas físicas que se convierten en residentes en Portugal para realizar actividades de investigación científica e innovación, y está sujeta a la inscripción previa debidamente documentada ante la Autoridad Tributaria Portuguesa (AT), junto con la acreditación por parte de los respectivos empleadores o de quienes contratan sus servicios.

Los beneficios o incentivos fiscales son:

• La aplicación de un tipo especial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRS) del 20% sobre las rentas del trabajo y las rentas profesionales obtenidas en territorio portugués;

• La exención del IRS sobre las rentas obtenidas en el extranjero referidas a trabajo dependiente, actividades profesionales, rentas de capital, rentas de alquiler y ganancias de capital, siendo, no obstante, obligatoriamente totalizadas a efectos de determinar el tipo a aplicar a las restantes rentas.

Los requisitos exigidos para entrar en el régimen son:

1. La empresa empleadora debe exportar al menos el 50% de su volumen de negocios en el ejercicio fiscal en el que el beneficiario del RNH 2.0 se incorpore a la empresa o en los dos años anteriores. 

2. Además, debe tener como actividad principal uno de los siguientes códigos CAE:

• Industrias extractivas (divisiones 05 a 09).

• Industrias manufactureras (divisiones 10 a 33).

• Información y comunicación (divisiones 58 a 63), incluyendo:

– Actividades editoriales (pueden incluir libros, periódicos, programas informáticos).
– Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical.
– Actividades de programación de software.
– Actividades de consultoría de software.
– Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas.
– Actividades de agencias de noticias.

• Investigación y desarrollo en ciencias físicas y naturales (grupo 721).

• Enseñanza superior (subclase 85420).

• Actividades sanitarias (subclases 86100 a 86904).

Por su parte, las profesiones que se incluyen son:

• Directores de empresa (por ejemplo, miembros del consejo de administración, presidentes de consejos de administración, directores ejecutivos).

• Directores de servicios administrativos y comerciales.

• Especialistas en tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

• Especialistas en ciencias físicas, matemáticas e ingeniería.

• Diseñadores de productos o equipos industriales.

• Médicos.

• Profesores universitarios.

Los candidatos deberán poseer como mínimo el equivalente al nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones (título de enseñanza superior), combinado con tres años de experiencia profesional demostrada.

El requisito de experiencia profesional demostrada no se aplica si el candidato tiene el nivel 8 del Marco Europeo de Cualificaciones (equivalente a un doctorado).

Sin duda el nuevo régimen aun siendo atractivo es mucho más limitado que el antiguo y más rígido en cuanto a los requisitos para su aplicación.

 

Fernando SobrinoOn Tax & Legal

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